March 4, 2022 byBritney Wells

La Ley de Prevención del Trabajo Forzado Uigur explicada

March 4, 2022
Britney Wells

El 23 de diciembre de 2021, Estados Unidos (EE. UU.) aprobó la Ley de Prevención del Trabajo Forzado Uigur. Cuando el presidente Biden la convirtió en ley, se estableció una prohibición de importar bienes de la Región Autónoma Uigur de Xinjiang (XUAR) en China, con vigencia a partir del 21 de junio de 2022. El propósito de esta ley es tomar medidas contra la entrada de bienes fabricados total o parcialmente mediante trabajo forzado en EE. UU.

Este blog tratará lo siguiente:

  • ¿Por qué es significativa esta ley para los importadores?
  • ¿A quién afecta esta prohibición?
  • ¿Cómo pueden los importadores mantener el cumplimiento?

¿Por qué es significativa esta ley? 

Para los importadores de EE. UU., esta Ley de Prevención del Trabajo Forzado para importaciones desde China puede no parecer significativa, pero podría serlo para su negocio. He aquí por qué:

  • Xinjiang Uigur no es solo una pequeña región. Para ponerlo en perspectiva estadounidense, es más del doble del tamaño de Texas.
  • El 20 % del suministro global de algodón proviene de esta región.
  • El 45 % de la producción global de silicio ocurre en esta región.
  • Cantidades significativas de otros bienes, como azúcar, productos capilares, tomates y más, provienen de Xinjiang Uigur.

¿Sus productos contienen algodón o silicio? ¿Está en la industria del cuidado capilar? Esta ley puede afectarle.

¿A quién afecta la Ley de Prevención del Trabajo Forzado Uigur? 

Esta pregunta es bastante amplia porque no es tan simple como «cualquier empresa que importe bienes de las categorías anteriores desde China» o incluso «cualquiera que importe bienes directamente de Xinjiang Uigur». No es tan claro como eso, por lo que la ley ha definido qué hace que los bienes sean inadmisibles en EE. UU. bajo esta normativa.

La Ley de Prevención del Trabajo Forzado Uigur prohíbe la entrada a EE. UU. de todos los bienes que cumplan los siguientes criterios:

  • Productos de organizaciones en la XUAR que producen bienes con trabajo forzado
  • Bienes de instituciones que trabajan con el gobierno de la XUAR para reclutar, transportar, transferir, albergar o recibir trabajo forzado o uigures, kazajos, kirguises u otros miembros de grupos perseguidos fuera de la XUAR
  • Productos fabricados total o parcialmente por las instituciones descritas anteriormente
  • Bienes de empresas que exportan los productos descritos anteriormente
  • Bienes de organizaciones que obtienen materiales de la región de la XUAR

En esencia, cualquier persona que importe bienes a EE. UU. cuyos envíos puedan contener artículos que se ajusten a cualquiera de los criterios anteriores se ve afectada. Es posible que se pregunte: «¿Cómo hago un seguimiento de todos los bienes y su origen total o parcial?»

Bueno, respire hondo; nadie lo tiene resuelto al 100 % todavía, y todavía hay un poco de tiempo de transición para que quienes puedan verse afectados se adapten a estas restricciones comerciales.

Cumplimiento de la Ley de Prevención del Trabajo Forzado Uigur 

La única forma de que un importador de EE. UU. libere un envío desde China es proporcionando prueba de que la importación no cumple los criterios de inadmisibilidad en EE. UU. bajo la ley (es decir, que no tiene vínculos con Xinjiang).

Si el envío chino se considera inadmisible, o el importador no ha proporcionado prueba suficiente de que no viola ninguno de los términos de la ley, el envío será destruido, abandonado o enviado a otro país que lo permita para su reventa.

¿Existe un proceso establecido para obtener prueba de admisibilidad bajo la Ley de Prevención del Trabajo Forzado Uigur?

Actualmente no existe un proceso concreto. Sin embargo, antes del 21 de junio de 2022 (pero probablemente antes), la Forced Labor Enforcement Task Force (FLETF) está obligada a proporcionar instrucciones a los importadores de EE. UU. sobre cómo garantizar que no importan bienes producidos con trabajo forzado. En cuanto la FLETF publique esas instrucciones, entrarán en vigor de inmediato.

No espere a que llegue ese día; siga leyendo para saber cómo comenzar a prepararse.

Consejos para mantener el cumplimiento de la ley

Hasta que la FLETF publique instrucciones concretas, esto es lo que puede hacer:

  • Las empresas que importan bienes desde China deben ser más conscientes de quiénes son sus proveedores ascendentes, desde materias primas hasta bienes terminados.
  • Los importadores deben documentar la cadena de custodia de sus bienes desde China (de dónde provienen las materias primas, dónde se fabrican los bienes, dónde se almacenan, etc.)

En otras palabras, conozca a sus proveedores e investigue a fondo sus cadenas de suministro para encontrar posibles proveedores vinculados a la XUAR. Documente completamente sus hallazgos para sus importaciones que no violen la ley como prueba de admisibilidad en EE. UU.

¿Tiene alguna idea?

U.S. Customs and Border Protection (CBP) quiere recibir su comentario sobre formas de prevenir la importación de bienes producidos con trabajo forzado al país. La fecha límite para enviar un comentario público a CBP es el 10 de marzo de 2022.

Resumen… 

Estados Unidos ha demostrado determinación para impedir la entrada de bienes creados total o parcialmente mediante trabajo forzado a través de la Ley de Prevención del Trabajo Forzado Uigur. La Forced Labor Enforcement Task Force emitirá orientación sobre cómo pueden cumplir los importadores antes del 21 de junio de 2022, como máximo.

Sin embargo, mientras la ley sigue en modo de transición, lo mejor para los importadores de EE. UU. es comenzar a investigar su cadena de suministro para encontrar posibles vínculos con la Región Autónoma Uigur de Xinjiang (XUAR) en China.

Author
Britney Wells
Published: March 4, 2022
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