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Aranceles de la Sección 301 por trabajo forzado

Nuevos aranceles de la Sección 301 sobre importaciones de 60 economías con prohibiciones inadecuadas contra el trabajo forzado, vigentes desde el 24 de julio de 2026.

El 24 de julio de 2026 entró en vigor un nuevo conjunto de aranceles de la Sección 301 sobre las importaciones provenientes de 60 economías cuyas prohibiciones a la importación de productos de trabajo forzado la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR) determinó que están ausentes o se aplican de forma inadecuada. Los aranceles adicionales van del 10 % al 12,5 % ad valorem y se acumulan sobre la mayoría de los demás aranceles aplicables, con excepciones importantes para los bienes que califican bajo el USMCA, los textiles del CAFTA-DR y del TLC con Jordania, y los productos ya cubiertos por la Sección 232.

Confirma las tarifas vigentes antes de declarar

Este resumen refleja la orientación de la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR) y de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de EE. UU. (CBP) vigente en agosto de 2026. Las tarifas, las exenciones y las reglas de cuota arancelaria del mecanismo textil están sujetas a cambios. Confirma cada declaración con tu agente aduanal antes de presentarla.

Acerca de los aranceles 

La Sección 301 de la Ley de Comercio de 1974 otorga al USTR la facultad de actuar contra prácticas extranjeras que «graven o restrinjan» el comercio de EE. UU. En 2026, el USTR abrió una nueva vía de la Sección 301 centrada en el cumplimiento de las normas contra el trabajo forzado en 60 socios comerciales. La teoría: cuando un país no prohíbe —o no aplica de forma efectiva una prohibición sobre— las importaciones fabricadas con trabajo forzado, sus exportaciones obtienen una ventaja de costos artificial.

El USTR finalizó la acción el 23 de julio de 2026, y los aranceles entraron en vigor a las 12:01 a. m., hora del Este (ET), del 24 de julio de 2026 (aviso del Registro Federal).

Estos aranceles son distintos —aunque están estrechamente relacionados— de los aranceles preexistentes de la Sección 301 contra China (Listas 1 a 4A). Solo los nuevos aranceles de la Sección 301 por trabajo forzado se suman como aranceles adicionales sobre el régimen anterior.

Niveles de tarifas 

El USTR agrupó a las 60 economías cubiertas en cuatro niveles según la postura de cumplimiento contra el trabajo forzado de cada país.

Nivel↕Tarifa↕Países↕
Nivel 1 (17 economías)10 % adicional fijoArgentina, Bangladesh, Camboya, Canadá, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, India, Indonesia, Jordania, Malasia, México, Pakistán, Sri Lanka, Trinidad y Tobago, Reino Unido
Nivel 2 (2 economías)10 % neto de MFN (la combinación de MFN + Sección 301 tiene un tope del 10 %)Unión Europea, Taiwán
Nivel 3 (3 economías)12,5 % neto de MFN (la combinación de MFN + Sección 301 tiene un tope del 12,5 %)Japón, Corea del Sur, Suiza
Nivel 4 (38 economías)12,5 % adicional fijoArgelia, Angola, Australia, Bahamas, Baréin, Brasil, Chile, China, Colombia, Costa Rica, República Dominicana, Egipto, Guyana, Hong Kong, Irak, Israel, Kazajistán, Kuwait, Libia, Marruecos, Nueva Zelanda, Nicaragua, Nigeria, Noruega, Omán, Perú, Filipinas, Catar, Rusia, Arabia Saudita, Singapur, Sudáfrica, Tailandia, Turquía, Emiratos Árabes Unidos, Uruguay, Venezuela, Vietnam

Fecha de entrada en vigor 

Los aranceles entraron en vigor a las 12:01 a. m. (ET) del viernes 24 de julio de 2026. Las mercancías cargadas a bordo del buque de exportación antes de esa hora y declaradas para consumo antes de las 12:01 a. m. (ET) del 28 de julio de 2026 califican para una excepción limitada de mercancía en tránsito. La fecha de carga y el buque deben quedar documentados en la declaración de entrada.

Exenciones 

Se aplican tres conjuntos de exenciones.

Las exenciones universales (Anexo I, Parte A) se aplican a las importaciones de las 60 economías:

  • Bienes que califican bajo el USMCA (Canadá, México), independientemente de si el indicador de preferencia «S» o «S+» aparece en la línea arancelaria
  • Textiles y prendas de vestir libres de aranceles bajo el CAFTA-DR
  • Textiles, prendas de vestir y artículos de viaje declarados libres de aranceles bajo el TLC entre EE. UU. y Jordania
  • Productos ya sujetos a los aranceles de la Sección 232 (acero, aluminio, cobre, madera, semiconductores, automóviles y autopartes)
  • Aeronaves civiles y sus partes calificadas
  • Artículos farmacéuticos enumerados (una excepción para productos farmacéuticos patentados entró en vigor el 31 de julio de 2026)
  • Materiales informativos, donaciones humanitarias y equipaje personal acompañado
  • La mayoría de las declaraciones del Capítulo 98 —excepto 9802.00.40, .50, .60 y 9802.00.80, donde el arancel se aplica únicamente al valor del procesamiento o ensamblaje extranjero, descontando el contenido de origen estadounidense
  • ~863 códigos arancelarios (de ~2120 en el anexo) exentos en su totalidad

Las exenciones específicas por país (Anexo I, Partes B a O) añaden alivio específico por código HTS para 13 economías cuya cooperación parcial lo justificó: Reino Unido, Unión Europea, Suiza, Malasia, El Salvador, Guatemala, Honduras, Egipto, Jordania, Camboya, Bangladesh, Indonesia, Taiwán y Ecuador.

Acuerdos de libre comercio 

Solo tres TLC están específicamente exentos del nuevo arancel:

  • USMCA: los bienes que califican bajo el USMCA provenientes de Canadá y México están totalmente exentos. Esto es más amplio que la preferencia ordinaria del USMCA — la exención se aplica incluso cuando el indicador «S»/«S+» no aparece en la línea arancelaria específica. Los bienes canadienses y mexicanos que no califican siguen enfrentando el arancel del 10 % del Nivel 1, por lo que calificar bajo el USMCA ahora marca la diferencia entre el 0 % y el 10 % de arancel adicional.
  • CAFTA-DR: los textiles y prendas de vestir libres de aranceles de Costa Rica, República Dominicana, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua están exentos. Los bienes no textiles del CAFTA-DR siguen la asignación de nivel del país.
  • TLC entre EE. UU. y Jordania: los textiles, prendas de vestir y artículos de viaje libres de aranceles están exentos. Los demás bienes jordanos enfrentan el arancel del 10 % del Nivel 1.

Ningún otro TLC (KORUS, EE. UU.–Israel, EE. UU.–Colombia, EE. UU.–Perú, EE. UU.–Panamá, EE. UU.–Chile, EE. UU.–Singapur, EE. UU.–Australia, EE. UU.–Baréin, EE. UU.–Marruecos, EE. UU.–Omán) está exento por separado. La preferencia del TLC sigue reduciendo la tarifa MFN sobre los bienes cubiertos, pero el arancel de la Sección 301 se acumula según el nivel del país de origen.

Acumulación de aranceles 

El nuevo arancel se acumula con:

  • La tarifa MFN (Columna 1)
  • Los aranceles existentes de la Sección 301 contra China (Listas 1 a 4A) — específicamente para los bienes de origen chino, el nuevo arancel del 12,5 % del Nivel 4 se suma tanto a la tarifa existente de la Sección 301 contra China (Listas 1 a 4A) como a la tarifa MFN
  • Los aranceles antidumping y compensatorios (AD/CVD)

El nuevo arancel no se aplica a los bienes ya cubiertos por la Sección 232 (consulta las categorías cubiertas en la sección Exenciones anterior). Según la jerarquía de acumulación de la Orden Ejecutiva 14289, los aranceles de la Sección 232 sobre los productos cubiertos tienen precedencia, por lo que el arancel de la Sección 301 por trabajo forzado no se suma encima.

Ejemplos prácticos 

Escenario↕Cálculo del arancel↕
Prendas de vestir vietnamitas, MFN 16,5 %16,5 % MFN + 12,5 % Sección 301 por trabajo forzado (Nivel 4) = 29,0 %
Electrónica de consumo china de la Lista 3, MFN 3 %, Sección 301 China existente del 25 %3 % MFN + 25 % Sección 301 China + 12,5 % Sección 301 por trabajo forzado = 40,5 %
Autoparte mexicana calificada bajo el USMCA, MFN 2,5 %, fuera del alcance de la Sección 2320 % (libre de aranceles bajo el USMCA, exenta de la Sección 301)
Máquina industrial alemana, MFN 2,8 %El combinado tiene un tope del 10 % (Nivel 2, UE): 2,8 % MFN + 7,2 % Sección 301 = 10,0 %
Semiconductor japonés cubierto por la Sección 23225 % Sección 232, exento de la Sección 301 por trabajo forzado = 25 %

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